Las balsas que por sus dimensiones se clasifiquen como grandes presas (5 m de altura o de capacidad de embalse mayor de 100.000 m3) y que por su riesgo potencial se clasifiquen en A o B (con riesgo para las personas e infraestructuras), están obligados a la elaborar el Plan de Emergencia de la Balsa donde se describen las actuaciones que habrán de llevarse a cabo por el titular de la balsa para hacer frente a eventuales situaciones de emergencia
Entre las medidas para implantación de los citados planes, se encuentra la difusión de la información relevante a la población afectada por la hipotética rotura de la balsa mediante:
- Dípticos o trípticos con instrucciones de actuación en caso de emergencia.
- Carteles explicativos.
- Audios de las sirenas de aviso ante rotura inminente.
MUNICIPIO | BALSA | CARTEL | DÍPTICO |
FUENTE ÁLAMO | BALSA DE LA PERNERA | CARTEL | DÍPTICO |
FUENTE ÁLAMO | BALSA DE LOS ALMAGROS | CARTEL | DÍPTICO |
CARRASCOY | BALSA DOS LLANURAS | CARTEL | DÍPTICO |
MOLINA DE SEGURA | BALSA ETAP SIERRA DE LA ESPADA | DÍPTICO (media hora) DÍPTICO (horas siguientes) |